• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE MARIA RIBELLES ARELLANO
  • Nº Recurso: 1886/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
  • Nº Recurso: 1125/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
  • Nº Recurso: 2627/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: EN LA INDUSTRIA
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA JESUS VEGAS TORRES
  • Nº Recurso: 1686/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: DENEGACION NACIONALIDAD ESPAQOLA
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA ISABEL MARTIN VALERO
  • Nº Recurso: 518/2019
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DENEGACION RECONOCIMIENTO CONDICION REFUGIADO
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: CARMEN MARIA RODRIGUEZ CASTRO
  • Nº Recurso: 110/2020
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
  • Nº Recurso: 59/2020
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO
  • Nº Recurso: 34/2020
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MARIA DIAZ FRAILE
  • Nº Recurso: 4934/2017
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de nulidad de cláusula suelo inserta en un préstamo hipotecario. La sentencia de primera instancia estimó la demanda, pero la audiencia provincial la revocó por considerar que la estipulación es clara y fácilmente comprensible y supera los controles de incorporación y transparencia. Recurren en casación los clientes demandantes y la sala desestima el recurso. En primer lugar, considera que los dos motivos del recurso incurren en la causa de inadmisión de omisión de cita de la concreta norma que se considera infringida; no es posible transformar la casación en una tercera instancia a fin de que sea el tribunal de casación el que, supliendo la actividad que la norma atribuye a la parte, investigue si el agravio denunciado deriva de una infracción sustantiva, identifique la norma vulnerada y construya la argumentación del recurso a fin de precisar en qué y porqué resulta infringido el derecho aplicable a la decisión del caso. En segundo lugar, se altera la base fáctica de la sentencia recurrida ya que, frente a lo que resulta de la formulación del motivo, en el que se sostiene que no consta la recepción de la oferta vinculante por parte de los prestatarios en fase precontractual, la sentencia recurrida concluye con una valoración contraria, afirmando la existencia de la misma y su coincidencia con la escritura pública. La concurrencia de causas de inadmisión del recurso se convierten ahora en causas de desestimación del mismo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JORGE RODRIGUEZ-ZAPATA PEREZ
  • Nº Recurso: 423/2018
  • Fecha: 11/06/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso contra nombramiento de promoción a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo. Desestimación. El nombramiento no se decide por antigüedad en el escalafón o en el escalafón de especialistas, sino en el grado de excelencia en el estricto ejercicio de la función jurisdiccional, y el acuerdo recurrido pone de relieve los méritos reveladores de la excelencia en el ejercicio de la función jurisdiccional del codemandado. La motivación del acuerdo recurrido satisface de forma adecuada todas las exigencias que dimanan de la jurisprudencia tanto en el criterio de excelencia en el ejercicio estricto de las funciones jurisdiccionales como en los aspectos complementarios. La expresión "mayoría simple" para el nombramiento significa que llega a tenerla, sin más, la decisión que obtiene más votos a favor que en contra.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.